Antes del 30 de abril deben realizar el trámite

Para votar, los jóvenes de 16 deben actualizar el DNI

El cambio de ejemplar no es obligatorio para los mayores de edad.
domingo, 31 de marzo de 2013 00:00
domingo, 31 de marzo de 2013 00:00

Para ingresar al padrón y así poder participar de las próximas elecciones, los jóvenes que cumplan 16 años antes del 27 de octubre deberán actualizar sus documentos antes del 30 de abril. Así lo informó la directora del Registro Civil de la provincia, Vanesa Burgos Mascareño, ante las reiteradas consultas de la población sobre la realización del trámite.
Con el propósito de evitar el congestionamiento de las oficinas públicas donde se debe realizar el trámite y evitar que los ciudadanos tengan que hacer largas colas, desde la dirección local se informa que solamente “los jóvenes deben realizar la actualización para poder participar de las próximas elecciones”.
Cabe aclarar que si tienen los años correspondientes, pero no han realizado el trámite, no podrán votar. A su vez, tampoco podrán hacerlo si tienen el nuevo documento pero cumplen años con posterioridad a la fecha del acto eleccionario.
La llamada “Ley de Voto Joven”, Ley Nº 26.774 de Ciudadanía Argentina, está en vigencia desde el 1º de noviembre de 2012 y sobre todo brinda la opción a los jóvenes de entre 16 y 18 años de ejercer su derecho al voto.
La actualización del ejemplar del Documento Nacional de Identidad, se enmarca dentro de las acciones que permitirán la realización de un nuevo padrón electoral. Al respecto, Burgos Mascareño manifestó: “Vamos a tener un nuevo padrón que va a tener la foto y vamos a entregar un troquel a las personas que emitan el voto”.
Actualización a los 14

La directora de la delegación provincial del Registro Civil también se refirió a la actualización que se debe realizar a los 14 años. En este sentido, señaló que “la ley 26.774 establece que la actualización del DNI que antes se hacía a los 16 años, ahora debe realizarse a los 14.
Esta nueva disposición rige desde noviembre. “Una vez efectuado el trámite, se emitirá un nuevo DNI tarjeta y el Registro Nacional de las Personas (RENAPER) procederá a informar a la Justicia Electoral a los efectos de dar el alta al joven en el padrón electoral”.
Para efectuar el trámite, se mantienen los requisitos e instrucciones vigentes para la actualización de mayor. El menor puede concurrir solo, sin necesidad de estar acompañado por alguno de sus padres.

Mayores: cambio paulatino

En el mismo sentido, Burgos Mascareño se refirió a la actualización del DNI de los mayores. Al respecto, informó: “Los mayores deben realizar el cambio pero no es requisito obligatorio para poder votar; por lo tanto, deben ir haciendo los trámites de manera paulatina, hasta tanto se logre el cambio total de los ejemplares del documento libreta por la tarjeta, lo que creemos que se completará en 2015”.
 

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