Suspenden requisitos que se solicitaban para abortos no punibles

Una jueza dispuso que no exigirá que se demuestre la gravedad del peligro para la salud o vida de la mujer.
lunes, 22 de abril de 2013 00:00
lunes, 22 de abril de 2013 00:00

 

López Vergara dispuso, como medida cautelar, que el sistema de salud porteño no deberá en lo sucesivo exigir que se demuestre que el riesgo para la salud o la vida de la mujer que solicita un aborto no punible sea grave o inminente, bastando que dicho riesgo sea potencial.

Tampoco se exigirá la acreditación de insania o discapacidad mental de la mujer con discapacidad intelectual o psicosocial que demande la práctica.

Asimismo, ordenó al Gobierno de la Ciudad crear un sistema de apoyo y salvaguarda para acompañar la decisión de las mujeres con discapacidad. Este apoyo lo podrán prestar asistentes personales, pares, amigos o cualquier otra persona, "con el requisito de que el sistema se sustente en la confianza, se proporcione con respeto y nunca en contra de la voluntad de la persona con discapacidad", afirma la jueza.

Esta resolución amplía una medida cautelar vigente dictada por la misma jueza, que ya había suspendido otros requisitos de la resolución mencionada, como la intervención obligatoria de un equipo interdisciplinario en el proceso y el aval del director del hospital donde se realice la práctica o el límite gestacional de 12 semanas para los casos de violación; entre otros.

Ambas acciones de amparo cuestionan que el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires desconoce los claros términos de la exhortación que la Corte Suprema de Justicia de la Nación realizó en su sentencia del caso “F., A. L. s/ medida autosatisfactiva” de “implementar y hacer operativos, mediante normas del más alto nivel, en los términos aquí sentados, protocolos hospitalarios para la concreta atención de los abortos no punibles y para la asistencia integral de toda víctima de violencia sexual" (sentencia dictada el 13 de marzo de 2012).
 

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