Proponen facilitar las sanciones por el cobro del plus médico

miércoles, 17 de octubre de 2018 00:01
miércoles, 17 de octubre de 2018 00:01

La diputada Paola Fedeli  ingresará hoy un proyecto de Ley para la modificación del artículo número 21  de la Ley 3.509 de Creación de la Obra Social de los Empleados Públicos (OSEP).
La iniciativa busca facilitar la aplicación de sanciones agilizando el procedimiento correspondiente y evitando el cobro indebido del plus médico. 
La legisladora propone disminuir las tareas administrativas que extienden el análisis de las denuncias presentadas contra los médicos por el cobro del plus y propone que sean las entidades que los nuclean y contraen el convenio con la OSEP las que sancionen a los mismos. 
Actualmente, ante la denuncia del cobro del arancel diferenciado a pacientes afiliados a la obra social provincial, el proceso inicia con la disposición del director de la OSEP, mediante resolución interna, la instrucción de un sumario que tendrá por objeto reunir las pruebas y dar lugar a descargos, análisis jurídicos y demás acciones necesarias para emitir dictamen respecto al hecho denunciado de parte de la Fiscalía de Estado. 
En el texto del proyecto, la diputada señala que “el cambio en el artículo de la normativa vigente otorga la posibilidad de la aplicación de las sanciones previstas, evitando la dilación del procedimiento que el decreto reglamentario del año 1981 impone para hacerlas efectivas. Posibilitando evitar que transcurran años entre la comisión de una irregularidad por parte del prestador del servicio hasta la determinación y posterior aplicación de la sanción correspondiente. 
La iniciativa legislativa propone incorporar las multas a las sanciones que el actual texto del artículo 21 de la ley 3.509 prevé para los prestadores del servicio. En los supuestos en los cuales los prestadores hubiesen contratado con la OSEP por medio de entidades que los representen colectivamente, se impone a estas la obligación de llevar a cabo el procedimiento y la correspondiente aplicación de sanciones. 
El artículo que se modifica de la Ley de OSEP, según el proyecto que ingresará en la jornada de hoy, reza: “Los prestadores de los servicios serán pasibles de sanciones que se graduarán desde amonestación, suspensión, multa y exclusión, de conformidad con los convenios celebrados y con las disposiciones reglamentarias, sin perjuicio de las acciones legales que correspondieran. El procedimiento sancionatorio quedará a cargo de las respectivas entidades que contraten con OSEP en representación de los prestadores de servicios y deberán hacer efectiva la sanción correspondiente”.
La modificación del artículo que reglamenta las sanciones por el cobro del plus facilitaría la aplicación de las mismas a los profesionales que lo realizan.
 

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