Solicitada

Más de 9 años esperando justicia

Alguna vez escribí "ganar un juicio, más allá de cuestiones económicas,  cuesta un peligroso desgaste emocional. Cobrarlo, al parecer, cuesta  otro tanto".
jueves, 21 de marzo de 2019 19:11
jueves, 21 de marzo de 2019 19:11

Ratifico aquel pensamiento y quienes lean esta solicitada podrán comprender.

Hace más de 9 años (10 de marzo de 2010) inicié juicio laboral en contra de 
“Editorial Capayán S.A” (propietaria del diario “El Ancasti”) a fin de 
obtener el Certificado de Servicios y constancias de pago de los aportes 
al Sistema Unico de la Seguridad Social –SUSS – desde la fecha de mi 
ingreso a la mencionada empresa, 1º de junio de 1991, hasta el 28 de 
febrero de 2008, cuando fui despedido sin justa causa, sin reconocimiento de mi verdadera remuneración y categoría, la de Director Periodístico del diario.

La causa fue resuelta el 19 de agosto de 2014 por el Juez del Trabajo, 
Miguel Angel Fabrizio quien, en arbitrario fallo, rechazó la demanda en 
su totalidad, incluyendo el resarcimiento del daño 
moral causado por la conducta injuriosa de la patronal.
Tal sentencia dio lugar a la interposición del correspondiente recurso 
de apelación por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial 
de Minas, Familia, Menores y del Trabajo de 3ra. Nominación, la que  en 
Sentencia Definitiva N° 4 del 24 de febrero de 2016, manda a incrementar 
mi salario en un 50% respecto al liquidado por la patronal. Reconoce, además, la 
existencia de pagos en “negro”, sobre los cuales debieron efectuarse los aportes previsionales de ley y  la entrega de las constancia de pago al Sistema de la Seguridad Social lo que, hasta la la fecha, no ha sucedido.
Mi reclamo por resarcimiento del daño moral, por último, no tuvo acogida. La Cámara no valoró que por la falta de entrega de las certificaciones, por casi dos años, no pude acceder a mi jubilación.
La Sentencia de Cámara quedó firme tras el rechazo de la Corte de 
Justicia de Catamarca, en fallo del 6 de julio de 2016, de los recursos de 
Casación interpuestos por las partes. Así, la Ejecución quedó 
expedita, debiendo volver la causa al Juzgado de origen a tal efecto, lo 
que sucedió tras largos meses de demora.

Otra vez Fabrizio

Con fecha 14 de marzo de 2018 promoví Ejecución de Sentencia en contra de 
“Editorial Capayan S.A.”, a efectos de concretar el decisorio de la  
Cámara de Apelaciones en el Juzgado del Trabajo de 1° 
Nominación, a  cargo del Juez Miguel Fabrizio, al que a lo largo del 
proceso he denunciado públicamente por sus relaciones con la demandada 
a la que, en evidente parcialidad de decisiones, ha favorecido.
Cabe destacar, en este sentido, lo expresado por la Cámara de Apelaciones 
en su Sentencia Definitiva N° 4 del 24 de Febrero de 2016. Dice en su 
Considerando: “ (..) en consecuencia, puede afirmarse que le asiste 
razón al recurrente (a mi persona) también en este punto del agravio, 
puesto que no se ajusta a la verdad lo afirmado por el sentenciante 
(juez Fabrizio) sobre el certificado de trabajo”.

No hace falta explicar que “faltar a la verdad” es mentir y en este caso la Cámara le imputa a Fabrizio el haber mentido, lo que resulta inaceptable en un Magistrado 
que imparte justicia, máxime que lo hizo a favor de un tercero en una 
acto procesal trascendente: la sentencia.

No podía resultar extraño que en esta etapa del proceso se sucedieran 
actos del Juez que solo han logrado la dilación de la causa. Es así que 
en evidente rebelión a lo dispuesto por la Alzada dio curso, a petición 
de la demandada, de una pericia contable que pretende modificar la 
Sentencia que se ejecuta, introduciendo cuestiones de fondo, como ser 
que las obligaciones se encuentran prescriptas, algo que está vedado al 
encontrarse firme y consentida la sentencia definitiva.

Demandas penales

El largo trámite de la causa hizo que se produjeran otros hechos 
relacionados con la misma, entre los que se cuenta  la denuncia formulada 
por ante la AFIP en contra de  la patronal “Editorial Capayán S.A” con 
fecha 16 de julio de 2018, ante el incumplimiento de otorgarme el 
certificado de trabajo y constancia del pago de aportes previsionales 
conforme a lo dispuesto por la Justicia de Catamarca, la cual no ha 
tenido a la fecha trámite alguno.

Aun así no cejaré en la defensa de mis derechos, llevando adelante todas 
las acciones previamente enunciadas como la formalización de las 
demandas penales en contra de las autoridades de “Editorial Capayán 
S.A.”

Eduardo Molas

DNI 10.241.518

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