Solicitada
Más de 9 años esperando justicia
Alguna vez escribí "ganar un juicio, más allá de cuestiones económicas, cuesta un peligroso desgaste emocional. Cobrarlo, al parecer, cuesta otro tanto".Ratifico aquel pensamiento y quienes lean esta solicitada podrán comprender.
Hace más de 9 años (10 de marzo de 2010) inicié juicio laboral en contra de
“Editorial Capayán S.A” (propietaria del diario “El Ancasti”) a fin de
obtener el Certificado de Servicios y constancias de pago de los aportes
al Sistema Unico de la Seguridad Social –SUSS – desde la fecha de mi
ingreso a la mencionada empresa, 1º de junio de 1991, hasta el 28 de
febrero de 2008, cuando fui despedido sin justa causa, sin reconocimiento de mi verdadera remuneración y categoría, la de Director Periodístico del diario.
La causa fue resuelta el 19 de agosto de 2014 por el Juez del Trabajo,
Miguel Angel Fabrizio quien, en arbitrario fallo, rechazó la demanda en
su totalidad, incluyendo el resarcimiento del daño
moral causado por la conducta injuriosa de la patronal.
Tal sentencia dio lugar a la interposición del correspondiente recurso
de apelación por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial
de Minas, Familia, Menores y del Trabajo de 3ra. Nominación, la que en
Sentencia Definitiva N° 4 del 24 de febrero de 2016, manda a incrementar
mi salario en un 50% respecto al liquidado por la patronal. Reconoce, además, la
existencia de pagos en “negro”, sobre los cuales debieron efectuarse los aportes previsionales de ley y la entrega de las constancia de pago al Sistema de la Seguridad Social lo que, hasta la la fecha, no ha sucedido.
Mi reclamo por resarcimiento del daño moral, por último, no tuvo acogida. La Cámara no valoró que por la falta de entrega de las certificaciones, por casi dos años, no pude acceder a mi jubilación.
La Sentencia de Cámara quedó firme tras el rechazo de la Corte de
Justicia de Catamarca, en fallo del 6 de julio de 2016, de los recursos de
Casación interpuestos por las partes. Así, la Ejecución quedó
expedita, debiendo volver la causa al Juzgado de origen a tal efecto, lo
que sucedió tras largos meses de demora.
Otra vez Fabrizio
Con fecha 14 de marzo de 2018 promoví Ejecución de Sentencia en contra de
“Editorial Capayan S.A.”, a efectos de concretar el decisorio de la
Cámara de Apelaciones en el Juzgado del Trabajo de 1°
Nominación, a cargo del Juez Miguel Fabrizio, al que a lo largo del
proceso he denunciado públicamente por sus relaciones con la demandada
a la que, en evidente parcialidad de decisiones, ha favorecido.
Cabe destacar, en este sentido, lo expresado por la Cámara de Apelaciones
en su Sentencia Definitiva N° 4 del 24 de Febrero de 2016. Dice en su
Considerando: “ (..) en consecuencia, puede afirmarse que le asiste
razón al recurrente (a mi persona) también en este punto del agravio,
puesto que no se ajusta a la verdad lo afirmado por el sentenciante
(juez Fabrizio) sobre el certificado de trabajo”.
No hace falta explicar que “faltar a la verdad” es mentir y en este caso la Cámara le imputa a Fabrizio el haber mentido, lo que resulta inaceptable en un Magistrado
que imparte justicia, máxime que lo hizo a favor de un tercero en una
acto procesal trascendente: la sentencia.
No podía resultar extraño que en esta etapa del proceso se sucedieran
actos del Juez que solo han logrado la dilación de la causa. Es así que
en evidente rebelión a lo dispuesto por la Alzada dio curso, a petición
de la demandada, de una pericia contable que pretende modificar la
Sentencia que se ejecuta, introduciendo cuestiones de fondo, como ser
que las obligaciones se encuentran prescriptas, algo que está vedado al
encontrarse firme y consentida la sentencia definitiva.
Demandas penales
El largo trámite de la causa hizo que se produjeran otros hechos
relacionados con la misma, entre los que se cuenta la denuncia formulada
por ante la AFIP en contra de la patronal “Editorial Capayán S.A” con
fecha 16 de julio de 2018, ante el incumplimiento de otorgarme el
certificado de trabajo y constancia del pago de aportes previsionales
conforme a lo dispuesto por la Justicia de Catamarca, la cual no ha
tenido a la fecha trámite alguno.
Aun así no cejaré en la defensa de mis derechos, llevando adelante todas
las acciones previamente enunciadas como la formalización de las
demandas penales en contra de las autoridades de “Editorial Capayán
S.A.”
Eduardo Molas
DNI 10.241.518