Expiden certificados para que abogados matriculados puedan ejercer durante la cuarentena

jueves, 26 de marzo de 2020 13:57
jueves, 26 de marzo de 2020 13:57

Colegios del país, que nuclean a miles de abogados, comenzaron a expedir certificados para que los matriculados puedan ejercer la profesión, en el marco de las restricciones dispuestas por el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) 297/2020.

En este sentido, el Colegio Público de Abogados de la Capital Federal informó que expedirá a sus matriculados “certificados” que permitan acreditar la validez de su matrícula de modo tal que “no se les impida cumplir con su labor profesional en los casos urgentes e impostergables”. El trámite se realiza completamente por Internet y el matriculado recibirá por correo electrónico la certificación expedida.

Una medida similar adoptó el Colegio de Abogados de San Isidro y el Colegio de Abogados y Procuradores de Salta, a los fines de asegurar la circulación de aquellos letrados que deban actuar en forma “excepcional y urgente”.

El artículo 6 del DNU del Poder Ejecutivo exceptúa del aislamiento obligatorio al “personal de los servicios de justicia de turno, conforme establezcan las autoridades competentes” y aquellas “personas que deban atender una situación de fuerza mayor”.

En el caso de Catamarca, el presidente de la Caja Forense de Catamarca, Ángel Granizo, expresó que hasta el momento los letrados de la provincia no han planteado esta necesidad pero aclaró que está dentro de las actividades a realizar teniendo en cuenta que el Colegio de la provincia está únicamente abierto para expedir certificaciones.

Sobre su funcionamiento, indicó que el Decreto 297/2020 tiene dentro de las medidas de excepción, o sea los que no estarían alcanzados por la cuarentena, el servicio de Administración de Justicia en tanto y en cuanto sean "cuestiones urgentes".

Teniendo en cuenta esto, Granizo explicó que “en la provincia se tradujo que la actividad en tribunales cesó y quedaron los juzgados de feria y tribunales funciona exactamente igual que una feria judicial, sumado la no concurrencia  al lugar”.

Y agregó que “los mismos abogados son los que solicitan la habilitación feria judicial, y el problema surge cuando el abogado no puede concurrir hasta tribunales a tramitar la causa, por lo que  se tendría una feria habilitada pero no quien la use”, argumentó.

En ese sentido aclaró que tanto en la provincia de Salta como en Buenos Aires, el Colegio les expide un certificado de trámite de una causa en feria.

"Uno va con el decreto del juez que autorizó la apertura de feria y con eso le pide una certificación al colegio en donde este le diga que efectivamente está tramitando una causa durante una feria judicial".

Finalmente sostuvo si bien en Catamarca hasta el momento no hace falta, indicó que si es necesario que esto se dé en la provincia de Buenos Aires donde una abogado para tramitar una causa tiene que entrar al conurbano, donde se exige certificación para "justificar el porqué está transitando de un lugar a otro".

 

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Comentarios

23/4/2020 | 19:16
#149006
Comento que la constancia que para ésta circunstancia emite el Colegio de San Isidro es más completa y comprensiva que la emitida por el Colegio de CABA.

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