Refuerzo del IFE: cómo será el cronograma de pago de los $10.000
La directora de Anses, confirmó que la segunda etapa del pago del IFE llegará a casi 9 millones de personas.El Gobierno confirmó que durante junio se pagará la segunda ronda del Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), con el objetivo de asistir a los sectores más vulnerables que vieron afectados sus ingresos por el impacto de la pandemia del COVID-19.
Así lo confirmó ayer la directora ejecutiva de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses), Fernanda Raverta, sobre el bono de $ 10.000 que llegará a casi 9 millones de personas.
Según explicó la funcionaria, el cronograma de pago se pondrá en marcha el próximo 8 de junio mediante el pago a aquellos receptores de la Asignación Universal por Hijo (AUH), que recibirán ambos beneficios en forma conjunta. Esa etapa se extenderá hasta el 22 de junio, según el siguiente cronograma:
Posteriormente, entre el 23 de junio y el 6 de julio, se estableció que cobrarán quienes puedan informar una Clave Bancaria Uniforme (CBU) para poder recibir el pago en una cuenta bancaria. Y luego, se comenzarán a pagar los $10.000 a aquellos beneficiarios no bancarizados.
Asimismo, se aclaró que entre el 23 de junio y hasta el 6 de julio se les depositarán los $10.000 a aquellos beneficiarios que cuentan con CBU pero habían optado por otro sistema de cobro al momento de elegir modalidad de pago.
“Los que no tengan la posibilidad de cobrar a través del banco, además de recibir los $10.000 podrán recibir un CBU, para que no solo estén incluidos ante la emergencia sino que también queden bancarizados y reciban inclusión en todos los sentidos”, señaló Raverta.
Cronograma de pago
Requisitos para cobrar el IFE
El IFE está destinado a la asistencia de grupos familiares de trabajadoras o trabajadoras informales y de casas particulares, así como de monotributistas sociales y de categorías A y B.
Para acceder al IFE es necesario tener entre 18 y 65 años y ser argentino nativo o naturalizado y residente, con una residencia legal no inferior a los dos años
No pueden cobrarlo grupos familiares en los que haya ingresos provenientes de un trabajo en relación de dependencia en el sector público o privado; de un monotributista de categoría C o superior, o del régimen de autónomos; de una prestación de desempleo; de jubilaciones, pensiones o retiros contributivos o no contributivos; o de programas sociales como el salario social complementario, Hacemos Futuro, Potenciar Trabajo u otros.
Sí pueden acceder los titulares de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación por Embarazo y el programa Progresar.