Por los parámetros e indicadores sanitarios

Covid: Catamarca cambió de situación epidemiológica por el descenso de casos

La provincia ahora se encuentra en “Alto riesgo epidemiológico sanitario estable o en descenso”.
sábado, 24 de julio de 2021 01:24
sábado, 24 de julio de 2021 01:24

Ayer, el Comité Operativo de Emergencias Catamarca (COE) informó que el Poder Ejecutivo Provincial formalizó el cambio de situación epidemiológica en la provincia.


Mediante decreto Nº 1439, quedó establecido que Catamarca se encuentra en “Alto Riesgo Epidemiológico Sanitario Estable o en Descenso” en los términos del artículo 1° inciso 3 de la Decisión Administrativa N° 723, de fecha 20 de julio de 2021.
La modificación de la situación epidemiológica permite ampliar el aforo al 50 por ciento en las actividades habilitadas y la actividad presencial en la Administración Pública Provincial con el cincuenta por ciento de capacidad en espacios cerrados.
Es importante remarcar que el instrumento dispone el uso facultativo de doble barbijo en espacios cerrados.


El cambio de situación, según se informó, “se da conforme a la adecuación de los parámetros realizada por Nación y los indicadores proporcionados por el ministerio de Salud, y en razón del amplio descenso de casos positivos de Covid-19 y la disminución sostenida de ocupación de camas (-80%). La mejora en los indicadores está acompañada con la disminución del porcentaje de camas ocupadas con oxígeno para tratar personas con Covid-19, el cual es a la fecha del 22 de julio de 62,3%”.
La adecuación a la nueva situación también se da por el avance de la vacunación contra Covid-19, que tiene aplicadas 262.399 dosis e inmunizadas a 209.671 personas.


En este contexto, el artículo 6 del decreto establece la ampliación del aforo para las actividades habilitadas por el Poder Ejecutivo Provincial y el ministerio de Industria, Comercio y Empleo hasta un cincuenta por ciento 50%, debiendo siempre dar estricto cumplimiento a los protocolos aprobados para cada caso.

Administración Pública

Por otro lado, el instrumento autoriza a partir del día 26 de julio la actividad presencial en la Administración Pública Provincial, con equipos de trabajo fraccionados, no debiendo superar en ningún caso el 50% de la capacidad de los espacios cerrados. Las personas no convocadas deberán prestar servicios con la modalidad de trabajo remoto. Además, desde la fecha mencionada se reanudan los procedimientos y plazos administrativos.


Por su parte, el artículo 3 del decreto establece que las y los titulares de cada jurisdicción, organismo o entidad de la Administración Pública Provincial, podrán convocar al personal considerado como grupo de riesgo una vez transcurridos 14 días de haber completado el esquema de vacunación en su totalidad.

Grupos de riesgo 

Entiéndase por Grupo de Riesgo, previa acreditación por la subsecretaría de Reconocimiento Médico, dependiente del ministerio de Trabajo y Recursos Humanos a:


I. Personas con enfermedades respiratorias crónicas: hernia diafragmática, enfermedad pulmonar obstructiva crónica [EPOC], enfisema congénito, displasia broncopulmonar, traqueostomizados crónicos, bronquiectasias, fibrosis quística y asma moderado o severo.


II. Personas con enfermedades cardíacas: insuficiencia cardíaca, enfermedad coronaria, reemplazo valvular, valvulopatías y cardiopatías congénitas.


III. Personas diabéticas.
IV. Personas con insuficiencia renal crónica en diálisis o con expectativas de ingresar a diálisis en los siguientes seis meses.
V. Personas con certificado único de discapacidad.
VI. Personas con obesidad
VII. Personas mayores de sesenta (60) años
VIII. Personas embarazadas.


En esta línea, se debe mencionar que quedan exceptuados de lo previsto en el artículo 3 las personas que se encuentren comprendidas en los siguientes grupos de riesgo, previa acreditación por la Subsecretaria de Reconocimiento Médico, dependiente del Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos:


-Personas con Inmunodeficiencias: Congénita, asplenia funcional o anatómica (incluida anemia drepanocítica) y desnutrición grave. VIH dependiendo del status (< de 350 CD4 o con carga viral detectable). Personas con medicación inmunosupresora o corticoides en altas dosis (mayor a 2 mg/kg/día de metilprednisolona o más de 20 mg/día o su equivalente por más de 14 días).
-Pacientes oncológicos y trasplantados: Con enfermedad oncohematológica hasta seis meses posteriores a la remisión completa, con tumor de órgano sólido en tratamiento, trasplantados de órganos sólidos o de precursores hematopoyéticos
-Persona cursando embarazo de alto riesgo.


-Persona con más de una comorbilidad de riesgo a recomendación específica de la Subsecretaria de Reconocimiento Médico, dependiente del Ministerio de Trabajo y Recursos Humanos.

50%
Satisfacción
0%
Esperanza
37%
Bronca
0%
Tristeza
12%
Incertidumbre
0%
Indiferencia

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