Nuevo aumento para personal doméstico: cuánto cobrarán de sueldo en junio

miércoles, 18 de mayo de 2022 13:30
miércoles, 18 de mayo de 2022 13:30

Las empleadas domésticas que trabajan en casas particulares tendrán un incremento de sueldo que se dará en tres tramos y que comenzará a aplicarse con el salario de que cobra en mayo.

El viernes pasado se oficializó el incremento de las remuneraciones horarias y mensuales de las empleadas domésticas. La suba será en tres tramos: 6% en abril, 9% en mayo y 15% en junio.

Si bien la primera cuota no es acumulativa, en las restantes se tomarán como base los salarios vigentes al mes anterior para computar la suma.

A su vez, se acordó una "cláusula de revisión para el mes de agosto de 2022, con posteridad a la reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo, Vital y Móvil".

Qué sueldo cobrán las empleadas domésticas en mayo

La flamante normativa oficializó el aumento a las empleadas domésticas para los sueldos a cobrar en abril, mayo, junio y julio.

Puntualmente,con una suba del 6% en abril y 9% en mayo, el año paritario totaliza un incremento del 65%. Además, el Ministerio de Trabajo prevé otra actualización del 15% para junio y una nueva revisión en agosto.

Sueldo empleda doméstica a partir de junio 2022

De esta forma, los salarios a partir del 1° de junio son los siguientes:

Supervisor/a

  • Personal con retiro: $437,50 por hora y $54.612,50 mensuales.
  • Personal sin retiro: $479 por hora y $60.832 mensuales.
  • Personal para tareas específicas:
  • Personal con retiro: $414 por hora y $50.738 mensuales.
  • Personal sin retiro: $454 por hora y $56.480 mensuales.

Caseros

  • $390,50 por hora y $49.503 mensuales.
  • Asistencia y cuidado de personas
  • Personal con retiro: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.
  • Personal sin retiro: $437,50 por hora y $55.166 mensuales.

Personal para tareas generales

  • Personal con retiro: $362,50 por hora y $44.517,50 mensuales.
  • Personal sin retiro: $390,50 por hora y $49.503 mensuales.

Según el convenio colectivo, el personal que efectúe tareas incluidas en más de una categoría, quedará comprendida en la que resulte la principal que desempeñe con habitualidad.

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