Aguinaldo diciembre 2024: Conocé cuánto vas a cobrar a fin de año y cuándo se paga
La segunda cuota del SAC se liquida antes de fin de mes; cómo saber el monto exacto, según los meses trabajados en el año.Cada año, los trabajadores deben recibir un pago “extra” equivalente a la doceava parte del total de las remuneraciones percibidas en el respectivo año calendario, el Salario Anual Complementario (SAC) o más conocido como aguinaldo. El monto se debe pagar en dos cuotas, una en junio y otra en diciembre.
La Ley de Contrato de Trabajo determina que la fecha límite para el pago de la primera mitad del SAC es el 30 de junio, mientras que la segunda cuota tiene por fecha límite el 18 de diciembre de cada año.
¿Qué día de diciembre se cobra el aguinaldo?
Según la Ley 27.073, la primera cuota del aguinaldo se abona en la última jornada laboral del mes de junio, el 30 de dicho mes, y la segunda cuota hasta el 18 de diciembre, previo a las fiestas de Navidad y Año Nuevo.
Cada trabajador puede saber con anticipación el monto que cobrará en concepto de aguinaldo, o más precisamente de la segunda cuota anual del Sueldo Anual Complementario (SAC).
Cómo saber cuánto cobro
Para ello, debe buscar entre los 5 recibos de julio a noviembre cuál fue el mes en el que se percibió mayor remuneración.
Para calcular el sueldo y el aguinaldo correspondiente, se utiliza una fórmula sencilla que toma en cuenta ese salario más alto y lo divide por dos. De esta manera, se obtiene el monto del aguinaldo total para los empleados que han trabajado durante todo el semestre.
En caso de que un empleado no haya trabajado durante todo el semestre, se recibe un aguinaldo parcial. Esto sucede, por ejemplo, si alguien comienza a trabajar a mitad del semestre o si deja de trabajar antes de finalizarlo.
¿Qué pasa si no trabajé todo el año completo?
En el caso de los trabajadores que comenzaron sus actividades después de julio y no cuentan con 5 recibos de sueldos, el cálculo se realiza de la siguiente manera:
- Se debe buscar entre recibos obtenidos hasta noviembre, cuál fue el mes en el que se percibió la mayor remuneración. Si por ejemplo, la persona comenzó a trabajar en septiembre y su alta es en octubre, tendrá que realizar el cálculo sobre 3 recibos.
- Sobre ese monto, hay que calcular el aguinaldo bruto proporcional: se divide por 2 la mayor remuneración, luego por 180 y, por último, se multiplica por la cantidad de días trabajados de corrido. Ejemplo, si el sueldo más alto es $500.000, se divide por 2 y queda en $250.000. Ese monto dividido por 180 es 1388,88 y multiplicado por los días trabajados, en este caso 120, queda un aguinaldo bruto proporcional de $166.666,66.
- En caso de que el sueldo percibido en diciembre fuera mayor que los anteriores, en el mes de noviembre se cobra la diferencia correspondiente.
Para los cálculos del Salario Anual Complementario (SAC), todos los montos de referencia surgen del salario bruto, no del sueldo de bolsillo o salario neto.
¿Quiénes cobran el aguinaldo?
El aguinaldo está dirigido a trabajadores registrados del sector privado, público, jubilados y pensionados. Y corresponde al 50% de la mayor remuneración mensual percibida por el trabajador dentro de cada uno de los semestres.
Para el caso de las pequeñas empresas, la Ley 24.467 de 1995 contempla que los convenios colectivos de trabajo pueden disponer el fraccionamiento de los períodos de pago del SAC siempre que no excedan de tres períodos en el año. Es decir, solamente las pequeñas empresas, y siempre que así lo establezcan los convenios colectivos, pueden dividir el aguinaldo en tres cuotas en lugar de dos.
Ese es el caso por ejemplo del convenio Colectivo 389/2004 de gastronómicos, rama hoteles y restaurantes. En ese acuerdo, se determina que el aguinaldo se puede abonar en hasta 3 períodos o épocas del año calendario. Cada período se comprende por un cuatrimestre y el sistema adoptado debe ser anunciado por el empleador dentro del primer trimestre de cada año.
¿Cómo se calcula el aguinaldo para jubilados?
En lugar de SAC, los jubilados y pensionados tienen derecho a percibir una Prestación Anual Complementaria -que es el nombre formal con el que se conoce el aguinaldo de beneficiarios de haberes, en lugar de perceptores de salarios- y es un ingreso adicional que reciben los trabajadores pasivos contemplado en la Ley 24.241.
Junto con los haberes de diciembre, los jubilados recibirán el medio aguinaldo, que se debe calcular dividiendo por 2 el haber más alto del último semestre.
Tras el aumento, el monto del medio aguinaldo para los jubilados con haberes mínimos quedará en $129.799. En principio, el bono de $70.000 que paga Anses a las jubilaciones mínimas no forma parte del haber así que, salvo decisión oficial en contrario, no tiene por qué formar parte de la base de cálculo para el medio aguinaldo de diciembre.