Media sanción a la creación del Consejo Provincial de Derechos Humanos

miércoles, 28 de noviembre de 2018 17:13

La Cámara de Diputados, que preside el diputado Fernando Jalil, unificó y aprobó dos proyectos de ley sobre la creación del Consejo Provincial de Derechos Humanos. Las iniciativas pertenecen a los diputados Isauro Molina  y Daniel Lavatelli.

El consejo elaborará de acuerdo a la media sanción,  su propio Reglamento Interno de funcionamiento, el que será aprobado con el voto de la mayoría de sus miembros.

Tiene como objetivos impulsar acciones y políticas públicas para consolidar la vigencia de los Derechos Humanos en el marco de las disposiciones de la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos con jerarquía constitucional y de la Constitución de la Provincia de Catamarca y formular un Plan Estratégico Provincial de Derechos Humanos, coordinar y programar acciones para la promoción, fortalecimiento y defensa de los derechos humanos el ámbito del estado y de la sociedad civil.

Además impulsar y generar el desarrollo de políticas públicas que contribuyan a la prevención de vulneraciones a los derechos humanos y generar la creación de un Observatorio a partir del Diagnóstico Situacional que permita hacer un seguimiento del impacto de las acciones que se implementen orientadas a la defensa, promoción y fortalecimiento de los

derechos humanos. Sistematizar por otro lado,  los resultados como la bibliografía provincial referida a la temática, que posibilite la realización de una base de datos que sirva como material de consulta para la sociedad en general, etc. 

Serán funciones del Consejo por otro lado, implementar acciones que garanticen la protección integral de los Derechos Humanos en todo el territorio de la provincia, exceptuando aquellas que sean competencia de Consejos Provinciales creados por otras leyes especiales dictadas por la Legislatura de la Provincia de Catamarca o de adhesión a leyes nacionales sobre la materia.

También participar y coordinar con el Consejo Federal de Derechos Humanos y Organismos Nacionales, a los fines de hacer efectivas sus Resoluciones, Programas y Acciones y cooperar en la elaboración de políticas afines, asesorar para contribuir a la promoción de los Derechos Humanos y acompañar las estrategias de intervención que implementen los organismos del Estado Provincial, generando condiciones de participación del Estado, de las organizaciones defensoras de los Derechos Humanos y de las instituciones de la sociedad civil, etc. 

 

El Consejo Provincial de Derechos Humanos

creado por la presente ley podrá emitir  recomendaciones ante situaciones que vulneren los derechos fundamentales de los ciudadanos, las que serán remitidas a los poderes del estado provincial y a quienes correspondiera, facilitando la información

para la aplicación de las medidas que se estimen necesarias.

Los integrantes del Consejo están facultados a constituirse -a fines de estimar las condiciones de detención, arresto, demora o prisión, internación, institucionalización- en el Servicio Penitenciario, dependencias policiales y/o

comisarías, centros de salud público o privados, residencias de larga estadía de toda la provincia, a pedido de un particular o en forma espontánea ante el simple conocimiento de hechos presuntamente violatorios de derechos humanos que fueren informados al Consejo. Todo ello a los fines de arbitrar las medidas ante posibles vulneraciones a los derechos y garantías previstas en la normativa vigente.

El Consejo deberá generar un Registro inviolable de las intervenciones que realicen en uso de la habilitación conferida en este inciso de la presente ley, en libro foliado donde consten fecha, hora y lugar de la visita, como asimismo situación constatada y recomendaciones formuladas, entre otras cuestiones. 

La fundamentación de la ley fue realizada por ambos autores quienes agradecieron además la participación de los organismos de derechos humanos que fueron consultados y a la presidenta de la comisión, Marita Colombo

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