La Corte de Justicia de Catamarca amplió actividades en la feria extraordinaria

sábado, 9 de mayo de 2020 13:46
sábado, 9 de mayo de 2020 13:46

Ayer, la Corte de Justicia de Catamarca firmó una acordada en la que se detalla cómo continuarán las actividades del Poder Judicial en Catamarca, en el marco de la pandemia por el Covid-19.

Los puntos de la acordada:

1 – Modificar la modalidad de funcionamiento durante el Receso Judicial Extraordinario, ampliando las actividades. Habilitar la firma de todos los magistrados y funcionarios del Poder Judicial y del Ministerio Público, incluidos los que presten funciones desde su domicilio por ser parte del grupo de riesgo de esta emergencia sanitaria, con el objeto de que resuelvan por su naturaleza, las solicitudes de habilitación de feria en las cuestiones de su competencia, en causas nuevas o procesos en trámite. Firmen sentencias, trámites internos, dictámenes e informes, practiquen sorteos, distribución de las causas para sentencia y corran las vistas ordenadas. Notifiquen las sentencias y dictámenes vía electrónica a los profesionales que tengan denunciada la casilla de correo electrónico o E-mail para esa modalidad. En este supuesto se recomienda, por el estado procesal de las causas, la habilitación de plazos a los fines de la interposición de recursos, sustanciación en su caso y la oportuna elevación y resolución.

Los magistrados y funcionarios individualizados como personal de riesgo (salvo aquellos que se encuentren cumpliendo el aislamiento obligatorio quienes quedan exceptuados de esta disposición hasta el efectivo cumplimiento de aquél avalado por autoridad sanitaria), intervendrán en los actos procesales que se le requieran, mediante procedimientos informáticos o traslado de actuaciones a su domicilio, debiendo adoptar todas y cada una de las medidas de higiene y seguridad que sean necesarias para evitar el contagio.

2 – Los magistrados, funcionarios del Poder Judicial, del Ministerio Público y los directores o jefes de área deberán convocar, a partir del día martes 12 de mayo de 2020, hasta dos empleados por cada dependencia a su cargo, excluyendo al personal de riesgo indicado en art.7 Acordada N°4441, en forma alternada y obligatoria dentro del horario reglamentario de 08 a 13 hs, sin perjuicio de la obligación de asistir en caso de ser requeridos en días u horarios distintos, notificando por correo electrónico la nómina de cada equipo a la Secretaría Personal. El personal no afectado deberá continuar en situación de guardia pasiva. Los equipos técnicos serán convocados por los superiores conformes las necesidades del servicio y guardias implementadas.

Disponer que a los fines de dar cumplimiento a los protocolos vigentes, toda presentación judicial o administrativa efectuada en el ámbito del Poder Judicial de Catamarca a partir de la publicación de la presente, deberá efectuarse en soporte papel acompañado de una copia en soporte digital en formato Word, remitida al correo electrónico de la oficina correspondiente. En la primera oportunidad, el presentante deberá denunciar una casilla de correo electrónico o E-mail con carácter de declaración jurada, a efecto de las notificaciones pertinentes.

3 – Mantener las amplias facultades otorgadas al Sr. Director de la Policía Judicial para tomar los recaudos, impartir directivas, afectar y distribuir el personal necesario para el correcto funcionamiento de las Unidades Judiciales y dependencias a su cargo, con las debidas restricciones atento a la emergencia sanitaria.

4 – Aprobar las recomendaciones para el ingreso y salida de documentación en ámbitos laborales elaborado por la oficina de Reconocimiento Médico y de Higiene y Seguridad en el Trabajo del Poder Judicial como parte integrante del Protocolo Preventivo y Control de Coronavirus aprobado mediante Acordada N°4446, que deberá ser publicado como ANEXO I de la presente.

 

0%
Satisfacción
0%
Esperanza
20%
Bronca
60%
Tristeza
20%
Incertidumbre
0%
Indiferencia

Comentarios