Disposición del ministerio de Educación

El valor máximo de aumento para los aranceles de los colegios privados no superará el 20%

Fabián Herrera, de Educación Privada, dijo que se garantizará que las instituciones cumplan.
miércoles, 6 de marzo de 2019 00:56
miércoles, 6 de marzo de 2019 00:56

Fabián Herrera, director de Gestión Privada del ministerio de Educación de la Provincia, comentó acerca de los incrementos en las cuotas de los colegios privados que no superarán el 20%. También señaló que desde el ministerio se garantizará que las instituciones cumplan con las disposiciones ordenadas, caso contrario serán sancionadas al no respetar el valor del arancel.


En otro sentido, Herrera comentó que fue considerable el traspaso de alumnos del sector privado al público, en su mayoría en el nivel secundario. 


“Se comenzó desde el viernes pasado a notificar a las instituciones cuál es el valor máximo autorizado para la modificación del valor del arancel inicial, o sea, estamos hablando de un arancel a partir del mes de marzo hasta que se vuelva a evaluar la necesidad y, en todo caso, cuánto sería de actualización, siempre teniendo en cuenta lo que tiene que ver con la pauta salarial y los porcentajes que se vayan acordando hacia el sector de la Administración Pública y el docente”, afirmó Herrera. 


“En lo que hace a los aranceles más altos, el año pasado habían tenido una autorización para hacerlo en dos tramos, de marzo a junio y de julio a diciembre, que rondó el porcentaje de la pauta salarial, estamos hablando del 17,5 o 18%. No se actualizó ese valor, más allá de los indicadores de inflación y después de la cláusula gatillo. Entonces, teniendo en cuenta esa diferencia, para el inicio sería de entre un 15 a un 20% el incremento en los aranceles más altos”, apuntó. 


En esa línea, e director de Educación Privada agregó: “En el caso de los aranceles más bajos, no hablamos de un porcentaje sino de un nuevo valor, que sería de 750 como máximo para iniciar, y muchas de estas instituciones que tienen los aranceles bajos lógicamente no perciben los 750 sino uno proporcionalmente menor”
“Así que estamos hablando de este valor y es fundamental que el tutor tenga acceso, en cada una de las instituciones, al instrumento legal, una copia que tiene que estar exhibida en el lugar donde ellos hacen los pagos; o si pagan a través de alguna entidad bancaria, debe ir a la secretaría de la institución. Si no está exhibida la copia, la pueden pedir para ver efectivamente cuánto es el monto máximo que está autorizado”, aseguró Herrera.

Control a las instituciones 

En lo que respecta al control por parte del ministerio para que las instituciones respeten los valores establecidos, Herrera comentó: “El control se hace. Este año, particularmente por la situación y por todo lo que se viene trabajando desde hace algunos años, vamos a ser muchos más exigentes en el cumplimiento estricto, porque lo que nos pasó años anteriores fue algunas instituciones interpusieron un recurso en contra de esa disposición y lógicamente la suspendían. Pero esto, en términos legales, hasta que se les conteste y se resuelva, lógicamente se dilata”.


“Al tener la disposición en primera instancia con el primer mes que corresponde al arancel, vamos a cotejar efectivamente el cumplimiento. En esto ya venimos insistiendo para que los colegios reciben un importante aporte del Estado para el pago del personal docente y en algunos casos no docente. Ellos también necesitan una correlación con lo que es la política salarial del Gobierno de la Provincia, que en este contexto socio-económico difícil les permitan a los padres afrontar ese costo, sino después se generan deudas y prácticamente son incobrables por el alto valor”, apuntó Herrera.


 “El año pasado hemos tenido, de todo el universo de las instituciones, dos que no estaban dando cumplimiento a la disposición y tuvimos que intervenir para que eso se normalizara”. 


“Los colegios han estado habituados a regirse por el decreto-acuerdo 1485 del año 95, en el que si bien el ministerio de Educación tenía dificultades para aprobar el arancel y la inscripción, dos artículos les daban la potestad ante nuevos incrementos del orden salarial hacia su personal, para trasladar esos costos a la cuota sin autorización del ministerio. Desde la gestión del ministro Daniel Gutierrez hemos venido trabajando con un criterio distinto en el marco de la ley provincial de Educación 5381, que establece que la facultad de autorizar los valores máximos para el arancel de las instituciones educativas es del ministerio de Educación. Lógicamente, esto ha sido una modificación importante en el criterio que las instituciones tenían adoptadas”, detalló Herrera. 


En esa línea, el director de Gestión Privada añadió: “Costó que acaten esta directiva. Nosotros hemos tenido que verificar efectivamente el cumplimiento y en algunos casos prácticamente iniciar una medida sancionatoria al establecimiento que no daba cumplimiento. Muchos fueron lógicamente adoptando lo que corresponde, pero es una lucha, porque ante la demanda, que es alta, las instituciones estiman otros costos distintos a los que establece el ministerio”.
 

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Comentarios

6/3/2019 | 12:38
#149006
Y CUÁLES SON LOS NROS?
6/3/2019 | 10:02
#149005
Y CUÁLES SON LOS NROS?
6/3/2019 | 08:36
#149004
Se van a quedar sin alumnos!!! Chauuuuu!!!!

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