Apuntes del Secretario

jueves, 1 de noviembre de 2018 00:00
jueves, 1 de noviembre de 2018 00:00

El juicio político contra los magistrados José Ricardo Cáceres y Amelia Sesto de Leiva, a pesar de las objeciones que interpuso en la antevíspera el diputado Francisco Monti, sigue su curso y resulta probable que la comisión donde se debate la presentación avance en los próximos tiempos hacia un dictamen. Sea éste último favorable o desfavorable, descontamos que los argumentos del diputado opositor, por endebles y forzados, no serán tenidos en cuenta. Es que la letra de la Constitución Provincial es demasiada clara en relación a la situación irregular que mantienen los jueces de la Corte de Justicia, los que solamente pudieron mantenerse en sus cargos por razones de estricto orden político y connivencia con el peronismo corrupto de los años 90 que hacía las veces de oposición, pero en los temas trascendentes (regalías mineras, acuerdos para jueces, privatizaciones, etc) “miraba para las estribaciones de la Loma Cortada”. Pero vamos al análisis del escrito de Monti que, concretamente, pide que el juicio político sea desechado.

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Cuando Monti se refiere al artículo 168, plenamente vigente y obstáculo insalvable para que ejerzan cargos públicos quienes revisten como jubilados, indica que su texto no vale para jueces o magistrados. Para él se trata de “un notorio error” y conjetura que los constituyentes de 1988 lo escribieron para el ámbito del Poder Ejecutivo. Sin querer, o queriendo, el diputado le otorga una nueva canonjía a los jueces, que ya tienen los mejores sueldos del Estado y encima no pagan, como el resto de los mortales, el impuesto a las ganancias. Para él,  los textos constitucionales, o el artículo 168 específicamente, es ajeno los magistrados. Lo peor de toda la presentación de Monti es que, sin hesitar, repite los mismos argumentos defensivos que difundió en los medios de comunicación de Catamarca el juez José Cáceres. Además, éste último, teóricamente no necesitaría defensas tan enconadas como la de Monti, toda vez que fue el mismo quien desafió a que le hicieran juicio político porque estaba dispuesto a defenderse con el mayor de los decoros. ¿Habrá cambiado de opinión para requerir la ayuda de un diputado demasiado afín a su historia como ministro de la Corte?

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Tampoco el argumento de Monti que refiere el vencimiento de los plazos de Asuntos Constitucionales para emitir dictamen se corresponde con la realidad. Es que los 30 días que establece el reglamento corren a partir de la admisibilidad del pedido de juicio político, plazo que todavía está vigente. Sin embargo, lo más censurable del pronunciamiento del diputado radical se vincula con el artículo 195, otro de los alegatos que plantea el juicio político. Dice la Constitución, en este sentido, que el plazo máximo para ejercer la magistratura vence al cumplir los 65 años, situación que desborda a Cáceres y Sesto que tienen 76 y 75, respectivamente. Para el solitario defensor de los jueces, el artículo 195 fue declarado inconstitucional a mediados de los 2000 y cuenta al respecto con sentencias firmes. Lo que no dice, y nadie lo quiere decir (la comisión de Asuntos Constitucionales lo sabe mejor que nosotros), es de qué se tratan estas sentencias y quienes las dictaron. El Esquiú, único medio de Catamarca que aclaró esto, se ve en la obligación de repetirlas.

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El artículo 195 de la Constitución señala lo siguiente: “el Poder Judicial es ejercido por una Corte integrada por tres o más miembros y por los demás Tribunales y Juzgados inferiores que la ley establece, fijándoles su jurisdicción y competencia. Los magistrados e integrantes del Ministerio Público son inamovibles mientras dure su buena conducta, observen una atención regular de su despacho, no incurran en negligencia grave o desconocimiento inexcusable del Derecho hasta cumplir 65 años”. Cuando Cáceres y Sesto de Leiva llegaron a esa edad, aparte de ser jubilados, debieron irse. No lo hicieron y, según el informe del abogado Eduardo Andrada (motorizador del juicio político), tienen ahora 76 y 75 años, respectivamente. Pero, también para este “estorbo”, hubo otra jugada indecorosa tratándose de jueces. Hace 12 años, el Procurador Enrique Lilljedahl pidió la inconstitucionalidad del artículo 195 en lo referido al límite de los 65 años. ¿Quién le resolvió a favor? Una Corte conformada por “Pepe” Cáceres, Sesto de Leiva y la entonces subrogante, María Cristina Casas Nóblega. Con ello, los dos primeros se estaban favoreciendo a sí mismo, por tener iguales impedimentos de edad que Lilljedahl. De hecho, “a vuelta de correo”, solicitaron el mismo trato de “jubilado con coronita”. ¿Quién les resolvió? Un tribunal con Lilljedahl, acompañado de Casas Nóblega y Julio Bastos. Y como Lilljedahl había presentado una acción idéntica a la que terminó resolviendo, la Fiscalía de Estado de entonces recusó, pero nadie le dio bolilla. Como lo dijimos más de una vez, ¡una vergüenza jamás vista en la historia judicial argentina! Al participar el diputado Monti de la objeción, lamentablemente, nos corresponde agregar un dato que debilita su alegación. ¿Quién era la Procuradora subrogante cuando Lilljedahl solicitó la inconstitucionalidad del artículo 195? Su madre, Margarita Niéderle de Monti. ¿Lindo, no?

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En la edición de ayer, El Ancasti da cuenta, por denuncia de empleados de Vialidad Provincial, que existe persecución política en el organismo en razón que el administrador, Hugo Naranjo, a partir de denuncias por la supuesta existencia de maquinaria con documentación adulterada, resolvió separar a los integrantes del equipo de Licitación y Compras y reemplazarlos por otros agentes públicos. Esta información fue publicada por El Esquiú 11 días atrás y repetida una semana más tarde. Explicamos en su momento, que la medida obedecía a la necesidad de despejar dudas y favorecer la investigación de la Justicia, aparte de la auditoría que sobre Vialidad fue pedida a la Fiscalía de Estado. También los empleados viales, agrega el mismo diario, cargaron contra el gremio que conduce Sergio “El Tuerca” Berrondo por su aparente indolencia para encarar los temas de una mejora salarial. Más allá de estas consideraciones, por cierto respetables, es bueno aclarar el origen de ciertas conflictividades que emergieron en los últimos tiempos.

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En el gremio vial, aunque se pretenda negarlo o disimularlo, existe hoy una gran interna, casi a nivel de fractura. Es que Sergio Berrondo ganó las últimas elecciones de renovación de autoridades por apenas un voto y fueron rechazadas algunas impugnaciones de los perdedores que, desde su punto de vista, se sentían ganadores. Desde entonces, entre los bandos en pugna, hay un sórdido e inocultable enfrentamiento que se ha trasladado a la administración de Vialidad. Por ello surgieron las denuncias de irregularidades, que bien pueden existir (no ponemos las manos en el fuego por ningún empresario o por componendas entre ellos), pero deben ser confirmadas por la investigación de la Justicia. También la interna gremial llevó a producir cambios en áreas claves desde donde pudieron surgir irregularidades o el pase de información falsa y/o interesada que colocó a funcionarios, empleados y empresarios “en una misma bolsa”. En esa dirección, hasta se publicaron declaraciones de Naranjo que nunca les habría hecho –lo tendrá que confirmar él mismo- a algunos medios dispuestos “a embarrar la cancha”.

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Varios de estos acontecimientos, a requerimiento nuestro, fueron confirmados por las autoridades viales que, aparte de ratificar que van a colaborar con todos los organismos del Estado para deslindar responsabilidades, destacan el trabajo que se lleva a cabo en toda la provincia y que permite tener un ramillete de obras que fue posible materializar por la decisión política de la gobernadora Corpacci. Así es como destacan la concreción de pavimentación y repavimentación en niveles históricos a lo largo y ancho de la provincia. Hablan de 390 kilómetros ejecutados por administración a la fecha, los que llegarían a 480 a fines de 2019 y se completarían tres años de actividad plena. A estos números, habría que sumar los kilómetros ejecutados a través de contrataciones con terceros.

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Independiente de grandes emprendimientos, en cuanto a las obras hechas por la administración vial, se reseñan las siguientes: pavimentación de 12 kilómetros en la Cuesta de Los Angeles (Capayán); 3 km. en Pozo de Piedra (Belén); 12 km. de pavimentación y repavimentación tramo Huillapima-Concepción (Capayán); repavimentación y sellado de 6.5 km. en Rincón (Pomán); reconstrucción de banquinas y repavimentación de 135 km. desde el empalme de la ruta 60 hasta Andalgalá; repavimentación y sellado de 2.3 km. en Saujil (Pomán); construcción de obra básica, pavimentación, puente y alcantarillas de 4.8 km. en la Quebrada de Moreira, a lo que hay que agregar cuatro rotondas; obra y pavimentación de 2.8 km. en Las Tejas (Capayán); obra y pavimentación de 22.6 km. en San Pedro; obra y pavimentación de 12.3 km. en Loma Negra (El Alto); banquinas y repavimentación de 16.8 km. tramo Las Mojarras-Montenegro (Santa María); banquinas y pavimentación de 21.1 km. Las Mojarras-Quilmes; obra y pavimentación de 3 km. en doble vía en Palo Blanco (Tinogasta): obra y pavimentación de 5.4 km. en el sector urbano de Fiambalá; pista de aterrizaje en Antofagasta, más obra y pavimentación de 2.2 km.; reconstrucción, cerramiento, destronque y limpieza de 75 hectáreas más pavimentación de la pista de aterrizaje de Santa María; obra y pavimentación de 4 km. sobre el río Villa Vil; repavimentación de 20 km. y construcción de obras de arte en la ruta provincial 9; obra y pavimentación de 2.5 km. (rotonda) en Tinogasta; repavimentación de 2.5 km. en San Miguel (Pomán). Mientras tanto, hay en ejecución obras El Peñón, Alijilán, Los Altos, Termas de Fiambalá y San José de Santa María.
 

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